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Res. Nº 100-CESBA/17. Contratación de un servicio de monitoreo de medios; empresa EJES S.A.

 

BUENOS AIRES, 14 JUN 2017

VISTO el Expediente Nº 012-232-CESBA/2017, y

CONSIDERANDO:

Que a través de las precitadas actuaciones la Gerencia de Relaciones Institucionales del CESBA le comunica a la Secretaría Ejecutiva que ha realizado las gestiones tendientes a rescindir, con efecto a partir del 30 de junio de 2017, el contrato que el organismo mantiene con la empresa MEDIA RESEARCH S.A., cuyo objeto consiste en el monitoreo de medios de comunicación, atento a haberse detectado determinadas falencias en la prestación del servicio;

Que en el mismo sentido, y atendiendo a la necesidad que tiene el CESBA en ver garantizado el servicio de monitoreo de medios, la Gerencia de Relaciones Institucionales solicitó una propuesta comercial a la empresa EJES S.A., a fin de que la misma provea el servicio de “clipping” a partir de la efectiva rescisión con el anterior proveedor;  

           Que asimismo la Gerencia propiciante menciona que la firma EJES S.A. ha prestado servicios al CESBA en anteriores oportunidades de manera satisfactoria, y que es una de las más prestigiosas del mercado de medios por lo cual, presupuesto mediante, solicita su contratación por el término de 6 (SEIS) meses;

Que a fs. 6 del expediente, se encuentra plasmado el Acuerdo de Rescisión de Contrato, celebrado entre el CESBA y la empresa MEDIA RESEARCH S.A., por lo que, con dicho acto, quedaría habilitada la vía de la nueva contratación;

Que el presupuesto por el servicio de “clipping” presentado por la firma EJES S.A. asciende a $ 24.500 (VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS PESOS) mensuales;

Que a fs.9 la Gerencia de Finanzas y Contabilidad manifiesta que cuenta con crédito presupuestario disponible para afrontar la erogación;

Que los fundamentos expresados anteriormente y los montos involucrados justifican encuadrar la presente contratación en la figura de la Contratación Directa prevista en el artículo 28 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 2095 y su Reglamentación, en concordancia con lo manifestado por la Secretaría Ejecutiva a fs. 8;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emergen del artículo 13 de la precitada Ley y del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno de este Consejo;

           Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Tiénese por rescindida con efecto a partir del día 30 de junio de 2017 la relación contractual oportunamente celebrada con la empresa MEDIA RESEARCH S.A. a través de la Resolución Nº 152-CESBA/16, en los términos que surgen del acuerdo de rescisión de contrato, de fecha 7 de junio de 2017, agregada a fs. 6 de las actuaciones administrativas citadas en el Visto.

ARTÍCULO 2°: Dispónese la contratación de un servicio de monitoreo de medios (clipping), por el término de 6 (SEIS) meses contados a partir del 1º de julio de 2017, en los términos que surgen de la oferta presentada por la contratista y agregada a fs. 3/4 de las actuaciones administrativas citadas en el Visto.

Fíjase el valor de las prestaciones contratadas en la suma de $24.500 (VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS PESOS) mensuales, IVA incluido.

ARTÍCULO 3º: Adjudícase la presente contratación a la empresa EJES S.A. (CUIT Nº 33-66341994-9).

ARTÍCULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2017.

ARTÍCULO 5º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Federico SARAVIA. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 100-CESBA/17