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Res. Nº 119-CESBA/17. Régimen de Evaluación del Desempeño para el Personal del CESBA.

  

                                                                               BUENOS AIRES, 31 JUL 2017

            VISTA la necesidad de dotar al CESBA de los instrumentos necesarios para la adecuada administración de sus Recursos Humanos, y

CONSIDERANDO:

            Que por mandato del artículo 7º inciso c) del Estatuto para el Personal del CESBA, aprobado por Resolución Nº 74-CEyS/2014, se consagró el derecho del personal a ser evaluado en forma periódica;

            Que la evaluación, analizada desde el punto de vista de la Administración, constituye, además de un derecho del Personal, un elemento indispensable para diagnosticar sus necesidades de capacitación y formación, y eventualmente decidir la incorporación de nuevos Recursos Humanos a la organización;

            Que a partir de la certificación, en 2016, de la Norma ISO 9001:2015 en procesos esenciales del CESBA, el que corresponde a la gestión de los Recursos Humanos aparece como uno de sus necesarios soportes;

            Que en ese sentido, la evaluación del desempeño de los agentes ha sido consagrada por la Alta Dirección como uno de los pilares en que se sostiene el precitado proceso, incluyéndolo, por tal razón, entre las cuestiones certificables;

            Que en tal sentido, si bien es cierto que, como se dijo, el CESBA ha contado hasta el presente con un régimen de evaluación del desempeño, no lo es menos que, en esta etapa de desarrollo y modernización del Consejo, resulta aconsejable reemplazar a dicho régimen por otro que responda a criterios más modernos y eficientes, incluyendo asimismo la visión que el propio agente tiene acerca de su desempeño, a través de su previa opinión;

            Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;

            Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Apruébase el Régimen de Evaluación del Desempeño para el personal del CESBA que, como ANEXO I, corre agregado a la presente Resolución, integrándola.

ARTÍCULO 2º: Apruébase la Plantilla de Evaluación del Desempeño que, como ANEXO II, corre agregada a la presente Resolución, integrándola.

ARTÍCULO 3º: Dispónese que, excepcionalmente, la primera aplicación del régimen que se aprueba por la presente Resolución será realizada entre los meses de agosto y septiembre de 2017, estableciéndose por única vez, como objetivo de cada cargo, el cumplimiento de las funciones que surgen de los respectivos perfiles de cargos vigentes en el CESBA.

ARTÍCULO 4º: Derógase el Sistema de Evaluación del Desempeño Anual aprobado por Resolución Nº 79-CEyS/2014.

ARTÍCULO 5º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Federico SARAVIA. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 119-CESBA/17

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