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Res. Nº 188-CESBA/16. Autoriza la contratación de un servicio de Imprenta para la confección de brochures.

 

BUENOS AIRES, 29 NOV 2016

VISTO el Expediente Nº 129-CESBA/16, y

CONSIDERANDO:

Que por las precitadas actuaciones la Dirección de Relaciones Institucionales solicitó a la Secretaría Ejecutiva la contratación de un servicio de imprenta para la realización de 150.000 brochures, de 28 páginas, formato cerrado de 30 cm x 21 cm, impresos a 4/4 colores, sobre papel interior mate de 130 gr  y 250 gr en tapas, laminadas, y UV Sectorizada;

Que dicho material será destinado al proyecto denominado “Intervenciones Urbanas”, como piezas informativas y de comunicación del trabajo y la actividad del CESBA, el cual será distribuido a los vecinos por el plantel de promotoras y promotores previsto a tales fines;

Que la propia Dirección requirente se hizo cargo de relevar el marcado, aportando al expediente 3 (TRES) presupuestos y sugiriendo que el más conveniente a los intereses del CESBA es el que presentó la empresa Letra Viva S.A.;

Que del cuadro comparativo de ofertas confeccionado por la Gerencia de Administración surge que, efectivamente, la mencionada oferta resulta ser la más económica, por lo que corresponde adjudicarla;

Que la presente contratación debe ser enmarcada en los términos del artículo 38 de la Ley Nº 2095 y su modificatoria;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que surgen del artículo 24, inciso a) del Reglamento Interno;

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Autorízase la contratación de un servicio de imprenta para la confección de 150.000 (CIENTO CINCUENTA MIL) brochures, con las características solicitadas a fs. 1 de las actuaciones administrativas respectivas y conforme al presupuesto presentado por la contratista, por un monto total de $750.000 (SETECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS) más IVA.

ARTÍCULO 2º: Adjudícase la contratación autorizada por el precedente artículo a la empresa LETRA VIVA S.A. (CUIT Nº 33-57898526-9).

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2016.

ARTÍCULO 4º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Federico SARAVIA. PRESIDENTE.-

 

 

RESOLUCIÓN Nº 188-CESBA/16