Generic placeholder image

Res. Nº 2-CESBA/18. Déjase sin efecto la totalidad de las autorizaciones bancarias dispuestas por el artículo 1º de la Resolución Nº 22-CEyS/16, para operar en forma conjunta la cuenta corriente institucional

 

 

 

                                                                               BUENOS AIRES, 02 ENE 2018

            VISTA la Resolución Nº 22-CEyS/16, de fecha 10 de marzo de 2016, y

CONSIDERANDO:

            Que por el precitado acto administrativo se dejó establecido que a los efectos de operar con la Cuenta Corriente Nº 29770/7 del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, radicada en la Sucursal 111, cuyo titular es el Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires, son únicos y exclusivos responsables los funcionarios citados en su artículo 1º (Secretario Ejecutivo, Gerente Financiero Contable y Gerente de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos);

            Que a través del Decreto Nº 499/17 del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el suscripto fue designado Presidente del CESBA con efecto a partir del 26 de diciembre de 2017;

            Que en consecuencia, y teniendo en especial consideración que la responsabilidad por la administración general del CESBA corresponde a la Presidencia del ente, procede disponer la caducidad de las autorizaciones bancarias mencionadas en el primer Considerando, las que serán oportunamente sustituidas por otras nuevas;

            Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;

            Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Déjase sin efecto, a partir del día de emisión de la presente Resolución, la totalidad de las autorizaciones bancarias dispuestas por el artículo 1º de la Resolución Nº 22-CEyS/16, de fecha 10 de marzo de 2016, para operar en forma conjunta la Cuenta Corriente Nº 29770/7 del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal 111, cuyo titular es el Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2º: Regístrese, notifíquese, practíquense las comunicaciones de estilo, hágase saber lo resuelto al Banco de la Ciudad de Buenos Aires y, oportunamente, archívese. Fdo.: Matías TOMBOLINI. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 002-CESBA/18