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Res. Nº 25 -CESBA/18. Modificación del horario de funcionamiento del CESBA, que se extenderá de 8 a 20.

 

 

 

                                                                               BUENOS AIRES, 05 FEB 2018

            VISTA la Resolución Nº 29-CEyS/16, y

CONSIDERANDO:

            Que a través del precitado acto se aprobó el horario de funcionamiento del CESBA y se reglamentaron las modalidades de prestación del personal del organismo;

            Que a partir de la designación del suscripto a cargo de la Presidencia del ente, dispuesta por Decreto Nº 499/17, se produjo la reforma de la Estructura Orgánica del CESBA, la cual quedó materializada a través de la Resolución Nº 14-CESBA/18, medida que se adoptó con el fin de adecuar tal estructura a las actuales necesidades operativas de aquél;

            Que a raíz de ello y con el objeto, además, de brindar el mejor y más extenso servicio a los beneficiarios directos del CESBA, esto es, los ciudadanos de la Ciudad de Buenos Aires, corresponde disponer la extensión del horario de funcionamiento del Consejo, sin que ello afecte las modalidades de prestación dispuestas para el personal de las Plantas del Organismo;

            Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;

            Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Sustitúyese el artículo 1º de la Resolución Nº 29-CEyS/16 por el siguiente:

“ARTÍCULO 1º: Fíjase el horario de funcionamiento del Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires los días hábiles administrativos desde las 8:00 horas hasta las 20:00 horas.”

ARTÍCULO 2º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Matías TOMBOLINI. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 025-CESBA/18