Generic placeholder image

Res. Nº 26 -CESBA/18. Declárase rescindido por mutuo acuerdo el convenio específico de cooperación firmado entre el CESBA y la Universidad Nacional de Tres de Febrero .

 

 

 

                                                                              

BUENOS AIRES, 08 FEB 2018

            VISTO el Expediente Nº 144-CESBA/2017, y

CONSIDERANDO:

            Que por las precitadas actuaciones se emitió la Resolución Nº 199-CESBA/2016, por la cual se autorizó la suscripción de un convenio marco de cooperación y de otro específico de igual naturaleza con la UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRES DE FEBRERO, por el término de 12 (DOCE) meses que concluirían el pasado 31 de diciembre de 2017;

            Que con fecha 27 de octubre de 2017 se recibió en las oficinas de este Consejo una presentación efectuada por la parte cocontratante, a través de la cual ésta manifiesta que por razones operativas de la institución, deviene imposible continuar con el servicio oportunamente pactado mediante el precitado convenio específico;

            Que en razón de ello, la UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRES DE FEBRERO solicitó la rescisión del acuerdo con efecto a partir del día 1º de noviembre de 2017;

            Que por las razones expuestas, y no existiendo impedimentos que obsten a acceder a lo solicitado, se formalizó la rescisión a través de la Disposición Nº 009 – SE-CESBA/17;

          Que por un nuevo acuerdo entre la parte cocontratante y el Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires se procedió de modificar la fecha de rescisión al 1º de octubre de 2017;

            Que por tal razón, procede rectificar en dicho sentido la Disposición que aprobó la rescisión;

            Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;

            Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Declárase rescindido por mutuo acuerdo el convenio específico de cooperación, de fecha 23 de diciembre de 2016, que vinculaba al CESBA con la UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRES DE FEBRERO, con efecto a partir del 30 de setiembre de 2017.

ARTÍCULO 2º: Entiéndese que, siendo la UNIVERSIDAD DE TRES DE FEBRERO la parte auspiciante de la rescisión, dicho acto no importa para la parte cocontratante derecho a reclamo alguno a su favor.

ARTÍCULO 3º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Matías TOMBOLINI. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 026-CESBA/2018