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Res. Nº 48-CESBA/17. Contratación de un sistema de administración documental digital, empresa LP Y ASOCIADOS SRL.

 

 

 

                                                                               BUENOS AIRES, 23 MAR 2017

            VISTO el Expediente Nº 002-176/2017-CESBA, y

CONSIDERANDO:

            Que a fs. 2 de las precitadas actuaciones la Secretaría Ejecutiva impulsa la contratación de un sistema de administración digital documental de la totalidad de las carpetas, expedientes, legajos del personal, etc., que conforman el movimiento administrativo del CESBA;

            Que en su presentación, la precitada Secretaría manifiesta que la contratación que se propone busca fortalecer e incorporar infraestructura tecnológica con el fin de facilitar la interacción del Consejo interna y externamente con otros organismos del Estado y/o las demás organizaciones que lo componen;

            Que se pretende, también, avanzar hacia una administración sin papeles, donde los sistemas interactúan autónomamente, lo cual le permitirá al CESBA aplicar modernas iniciativas de gestión y tecnología en la administración de los recursos del Erario Público;

            Que en ese contexto, la Secretaría Ejecutiva acompaña al expediente 3 (TRES) presupuestos previamente solicitados a sendas empresas, requiriendo a la Gerencia de Administración su evaluación y continuación del trámite tendiente a materializar la contratación respectiva;

            Que del cuadro comparativo agregado a fs. 40 se desprende que la oferta más conveniente al interés del CESBA es la que presenta la empresa que gira comercialmente bajo la denominación GRUPO LPA;

            Que la presente contratación se enmarca en el artículo 28 de la Ley Nº 2095 y su reglamentación;

            Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;

            Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Dispónese la contratación de la empresa LP Y ASOCIADOS SRL (CUIT Nº 30-64587541-5) para la provisión de un sistema de digitalización y administración documental del CESBA, cuyas modalidades deberán ajustarse a la propuesta y presupuesto acompañados por la contratista, y cuyo texto obra agregado a fs. 23/37 del respectivo expediente administrativo.

ARTÍCULO 2º: Fíjase el precio de la presente contratación en los montos que se detallan a continuación, a los que en todos los casos se les deberá adicionar el IVA:

  1. 2 (DOS) licencias de la Suite File Net P8, U$S 2.890 (DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES) o su equivalente en pesos, por ambas licencias
  2. 1 (UNA) licencia de FileNET Capture Fastdoc, U$S 4.550 (CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES) o su equivalente en pesos
  3. 1 (UN) Scanner Fujitsu FI7140, U$S 1.105 (MIL CIENTO CINCO DÓLARES ESTADOUNIDENSES) o su equivalente en pesos
  4. Actuación profesional en definición del proyecto, clases, seguridad y circuitos de digitalización, $33.800 (TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS PESOS)
  5. Acompañamiento post salida en producción durante 1 (UN) mes calendario, $25.350 (VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS)
  6. Instalación del Sistema IBM File NET P8, $13.000 (TRECE MIL PESOS)
  7. Capacitación para la administración y uso de la Plataforma IBM FileNET P8, $16.900 (DIECISEIS MIL NOVECIENTOS PESOS) por 25 (VEINTICINCO) horas de trabajo
  8. Soporte técnico mensual de la Plataforma IBM en las condiciones ofertadas, U$S 1.637 (MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por 1 (UN) año, equivalentes al 22% (VEINTIDOS POR CIENTO) del valor de las licencias adquiridas

ARTÍCULO 3º: La condición de pago es la siguiente:

  1. 50% (CINCUENTA POR CIENTO) contra la orden de compra respectiva
  2. 50% (CINCUENTA POR CIENTO) contra entrega de los productos y/o finalización de cada uno de los servicios cotizados individualmente por la contratista

ARTÍCULO 4º: Fíjase el plazo de entrega de los bienes contratados en 30 (TREINTA) días contados a partir de la notificación de la adjudicación.

ARTÍCULO 5º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2017.

ARTÍCULO 6º: Regístrese, notifíquese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Federico SARAVIA. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 048-CESBA/17