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Res. Nº 57-CESBA/16. Pago de plus a cuenta de las Paritarias del 2016.

 

BUENOS AIRES, 28 ABR 2016

 

VISTA  el Acta Nº 7/16 de la Comisión Paritaria Central de la C.A.B.A., y

CONSIDERANDO:

Que por el precitado documento tramita la actualización de los salarios vigentes para el personal que se desempeña en las Plantas del CESBA;

Que en virtud del marco normativo regulatorio de su funcionamiento, el CESBA cuenta con la capacidad jurídica para fijar su propia política salarial;

Que no obstante ello, y atento a la similitud evidenciada entre las modalidades de servicio del personal que se desempeña en el CESBA y aquél que depende del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se ha considerado propicio regular la materia salarial, al menos durante el presente Ejercicio, de conformidad con los criterios que han inspirado el acuerdo arribado entre el GCBA y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA);

Que habiéndose acordado, por Acta Nº 3/16 de la Comisión Paritaria Central de fecha 4 de febrero de 2016, el otorgamiento de dos sumas de carácter no remunerativo a ser abonadas a cuenta de las Paritarias del año 2016, cada una de ellas por un monto de $2.500 (DOS MIL QUINIENTOS PESOS), procede también autorizar su pago al personal de este Consejo;

Que asimismo, por Acta Nº 7/16 de la Comisión Paritaria Central, de fecha 14 de abril de 2016, se acordó entre otros beneficios el otorgamiento de un incremento de14% (CATORCE POR CIENTO), de carácter remunerativo, a ser liquidado con los haberes del mes de abril de 2016;

Que asimismo la oportunidad resulta propicia para fijar el valor actualizado de la Unidad Retributiva, en el ámbito del CESBA, el que será tomado como base de cálculo de las pertinentes remuneraciones;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 24, inciso a) del Reglamento Interno;

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Autorízase el pago, a favor de los agentes que se desempeñan en las Plantas de Personal del CESBA, de 2 (DOS) sumas no remunerativas de $2.500 (DOS MIL QUINIENTOS PESOS) cada una, correspondientes a los haberes de febrero y marzo de 2016 respectivamente, las que se liquidarán a cuenta de las Paritarias del año 2016 por única vez y se harán efectivas con las remuneraciones del mes de Abril de 2016.

ARTÍCULO 2º: Fíjase el valor de la Unidad Retributiva en el ámbito del CESBA,  a partir del día 1º de abril de 2016, en $1,51 (UN PESO CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS).

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las Partidas pertinentes del Presupuesto Ejercicio 2016.

ARTÍCULO 4º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Federico SARAVIA. PRESIDENTE.-