Generic placeholder image

Res. Nº 72 -CESBA/16. Convenio Marco de Asistencia Técnica con la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA.

 

BUENOS AIRES, 30 MAY 2016

VISTOS EL Convenio Marco de Asistencia Técnica y el Programa de Asistencia Técnica suscriptos entre el Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires y la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires en fecha 30 de mayo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el día 30 de mayo de 2016 el CESBA suscribió con la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA un Convenio Marco de Asistencia Técnica, cuyo texto íntegro se agrega como Anexo I a la presente Resolución;

Que como consecuencia de dicho Convenio Marco, en la misma fecha ambas partes cocontratantes suscribieron un Convenio Específico, cuyo texto íntegro se agrega como Anexo II a la presente Resolución;

Que en ambos casos, la representación del CESBA fue ejercida por su Secretario Ejecutivo, habida cuenta de la ausencia temporaria de esta Presidencia;

Que la facultad de ejercer la administración general del CESBA es propia de la Presidencia, conforme lo establece el artículo 24 inciso a) del Reglamento Interno;

Que en consecuencia, corresponde prestar conformidad a lo actuado por la Secretaría Ejecutiva y proceder a su convalidación;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 24 inciso a) del Reglamento Interno;

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Convalídase lo actuado por la Secretaría Ejecutiva de este Consejo en oportunidad de suscribir, con la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires, el Convenio Marco de Asistencia Técnica de fecha 30 de mayo de 2016, que corre agregado en copia a la presente Resolución como ANEXO I, integrándola.

ARTÍCULO 2º: Convalídase lo actuado por la Secretaría Ejecutiva de este Consejo en oportunidad de suscribir, con la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires, el Programa de Asistencia Técnica de fecha 30 de mayo de 2016, que corre agregado en copia a la presente Resolución como ANEXO  II, integrándola.

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2016.

ARTÍCULO   4º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Federico SARAVIA. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 72-CESBA/16