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Res. Nº 72-CESBA/18. Creación de una Caja Chica en el ámbito de la Dirección de Proyectos Especiales y Calidad Institucional .

 

 

 

BUENOS AIRES, 08 AGO 2018

VISTA la Resolución Nº 3-CEyS/2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el precitado acto administrativo se aprobó el Régimen de Fondos del Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en materia de Caja Chica, el precitado plexo normativo estipula que aquélla importa la provisión de una suma de dinero, con cargo de rendir cuentas, y constituye un procedimiento de excepción limitado a casos que por sus características exijan la modalidad de pago anticipado o contra entrega o plazo inferior a los impuestos por el Régimen de Contrataciones;

Que la mecánica de ejecución de los Proyectos Especiales que afronta el  CESBA, conlleva una dinámica que muchas veces resulta incompatible con los tiempos que insume habitualmente un proceso de adquisición de bienes o servicios;

Que lo expuesto justifica contar con una Caja Chica en el ámbito de la Dirección de Proyectos Especiales y Calidad Institucional, para afrontar obligaciones menores;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las atribuciones que emanan del artículo 25, inciso a) del Reglamento Interno;

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL  CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Créase en el ámbito de la Dirección de Proyectos Especiales y Calidad Institucional una Caja Chica para afrontar los gastos relativos a la ejecución de tales Proyectos que, por su naturaleza, exijan la modalidad de pago anticipado o contra entrega o tengan un plazo de cumplimiento inferior al fijado por el Régimen de Compras y Contrataciones vigente.

ARTÍCULO 2°: El monto de la Caja Chica creada por el precedente artículo se fija en la suma de $10.000 (DIEZ MIL PESOS), con un máximo por comprobante de $ 8.000 (OCHO MIL PESOS), y caducará el 31 de diciembre de 2018, sin perjuicio de la posibilidad de disponerse su renovación para futuros Ejercicios.

ARTÍCULO 3º: La responsabilidad por la administración de la Caja Chica creada por el artículo 1º recae en el Dirección de Proyectos Especiales y Calidad Institucional, quien deberá rendir cuentas ante la Gerencia Técnico Administrativa con carácter previo a gestionarse cualquier reposición de los fondos que la integran.

ARTÍCULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2018.

ARTÍCULO 5°: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Matías TOMBOLINI. PRESIDENTE.-

 

 

RESOLUCIÓN  N° 072-CESBA/18