Res. Nº 008-CESBA/2024. Autorízase la firma de un convenio específico de colaboración entre el CESBA y la empresa UBATEC S.A.

BUENOS AIRES,  10 ENE 2024

VISTO el Expediente Nº 006-CESBA/2024, y

CONSIDERANDO:

Que a través de las precitadas actuaciones, la Gerencia de Asuntos Técnico Administrativos propicia la firma de un Convenio Específico de Gestión de Proyectos entre el CESBA y la empresa UBATEC S.A.;

Que ambas entidades ya han suscripto en anteriores ocasiones convenios como el que se propicia, cuya ejecución resultó ampliamente satisfactoria para las partes;

Que en esta oportunidad se procura avanzar en la celebración de un nuevo convenio similar al que fuera ejecutado durante el Ejercicio 2023, modificándose los montos a invertir –producto de la depreciación monetaria ocurrida desde entonces- y los temas a tratar en los informes que se solicitan;

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado intervención en el caso, prestando conformidad a la firma del convenio analizado;

Que en consecuencia, corresponde emitir el acto administrativo que así lo autorice;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Autorízase la celebración de un Convenio Específico de Gestión de Proyectos entre el CESBA y la empresa UBATEC S.A., cuyo objeto es la colaboración y asistencia de la precitada entidad para la realización de tareas en las áreas que el CESBA le indique a UBATEC S.A. de conformidad con sus necesidades, las que podrán variar y ser modificadas durante el decurso de ejecución de los trabajos.

El tenor del Convenio a suscribirse debe resultar ajustado al Convenio Marco de Colaboración vigente entre las partes.

ARTÍCULO 2º: Los aportes del CESBA destinados al cumplimiento del Convenio cuya celebración se autoriza, no podrán exceder originariamente la suma de $196.200.000 (CIENTO NOVENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS), y serán girados a UBATEC S.A. con las modalidades y en la oportunidad que se acuerde conforme a las disponibilidades presupuestarias del CESBA y al grado de avance de los trabajos. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo precedente, las partes podrán acordar, durante la ejecución de los trabajos, la ampliación o disminución de éstos y de los montos a erogar en su consecuencia.

ARTÍCULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2024.

ARTÍCULO 4º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-

RESOLUCIÓN Nº 008-CESBA/2024