BUENOS AIRES, 18 ABR 2023
VISTO el Expediente N° 011-CESBA/2023, y
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones la Dirección de Relaciones Institucionales impulsa la adquisición de 500 bolígrafos ecológicos para ser destinados a las distintas actividades realizadas en el área;
Que en consecuencia de ello, se celebró un procedimiento de contratación menor en los términos del art. 38 de la Ley de Compras y Contrataciones N° 2095, sus modificatorias y decreto reglamentario;
Que en el marco del respectivo proceso se requirieron 3 (TRES) presupuestos, 2 (DOS) de los cuales se ajustaron a lo requerido, en tanto que el tercer invitado observó inconsistencias en su inscripción en AFIP;
Que se confeccionó el respectivo cuadro comparativo de ofertas;
Que conforme lo expresa la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos en el dictamen de su competencia, siendo que las ofertas presentadas se ajustan a lo solicitado, el criterio de adjudicación debería fundarse en el menor precio ofertado;
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado la intervención de su competencia;
Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno y el artículo 38 de la Ley N° 2095, sus modificatorias y decreto reglamentario;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Apruébase lo actuado en el marco del Expediente N° 011-CESBA/2023, cuyo objeto es la adquisición de 500 (QUINIENTOS) bolígrafos ecológicos para ser destinados a su utilización en actividades de la Dirección de Relaciones Institucionales.
ARTÍCULO 2°: Adjudícase la presente contratación menor a la empresa “KAPOI MERCHANDISING” de Florencia Belén DE IRAOLA (CUIT N° 23-35124260-4), en las condiciones que surgen de la oferta presentada por la empresa y agregada a las presentes actuaciones, por la suma total de $55.500 (CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS PESOS), con más $2.000 (DOS MIL PESOS) en concepto de gastos de entrega. Para el caso de producirse variaciones de precios originadas en cambios de precios de lista entre la fecha de adjudicación y la de efectivo pago de las obligaciones asumidas, dichas variaciones quedan autorizadas por la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2023.
ARTÍCULO 4º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-
RESOLUCIÓN Nº 022-CESBA/2023