BUENOS AIRES, 09 MAY 2023
VISTO el Expediente Nº 010-CESBA/2023, y
CONSIDERANDO:
Que a través de las precitadas actuaciones, la Dirección de Relaciones Institucionales propicia la firma de la Adenda Nº 3 al Programa de Asistencia Técnica vigente entre el CESBA y la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA;
Que ambas entidades ya han suscripto en anteriores ocasiones convenios como el que se propicia, cuya ejecución resultó ampliamente satisfactoria para las partes;
Que en esta oportunidad se procura avanzar en la celebración de una Adenda al convenio vigente, similar a la que fuera ejecutada durante el Ejercicio 2022, modificándose los montos a invertir, producto de la depreciación monetaria ocurrida desde entonces;
Que habiéndose realizado la negociación respectiva en cuanto a Presupuesto a invertir, la Gerencia Técnico Administrativa informa de la firma y puesta en vigencia de la adenda en cuestión, con efecto retroactivo al 1º de marzo de 2023;
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado intervención en el caso, prestando conformidad a la firma del convenio analizado;
Que en consecuencia, corresponde emitir el acto administrativo que apruebe lo actuado;
Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Apruébase la Adenda Nº 3 al Programa de Asistencia Técnica entre el CESBA y la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA, cuyo objeto es la colaboración y asistencia de la precitada entidad a través de servicios profesionales en materia de administración y gestión, la que corre agregada a la presente Resolución como Anexo I, integrándola.
ARTÍCULO 2º: Los aportes del CESBA destinados al cumplimiento del Convenio cuya celebración se autoriza, no podrán exceder la suma de $17.000.000 (DIECISIETE MILLONES DE PESOS), más el 5% (CINCO POR CIENTO) de dicha suma en concepto de Gastos Administrativos, y serán girados a la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA con las modalidades y en la oportunidad que surge de la Cláusula PRIMERA del texto acordado.
ARTÍCULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2023.
ARTÍCULO 4º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-
RESOLUCIÓN Nº 032-CESBA/2023