Res. Nº 040-CESBA/2024. Fíjase la política salarial para los meses de junio y julio de 2024

BUENOS AIRES, 14 JUN 2024

VISTA la depreciación de la moneda evidenciada como natural consecuencia del proceso inflacionario que sufre actualmente la economía nacional, y

CONSIDERANDO:

Que para evitar los perjuicios generados por dicha situación en el valor adquisitivo de los salarios, corresponde actualizar el valor de la Unidad Retributiva que se toma como base para su cálculo;

Que habida cuenta de la revisión permanente de los acuerdos paritarios celebrados entre el GCBA y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la citada actualización habrá de seguir los lineamientos de lo acordado por dichas partes;

Que en virtud del marco legal regulatorio de su funcionamiento, el CESBA posee competencia para fijar su propia política salarial, por lo que lo expresado en los precedentes Considerandos no debe entenderse como renuncia a dicha facultad, sino simplemente como un reconocimiento de que las funciones desempeñadas por el personal del CESBA guardan similitud con las que cumple el personal administrativo del GCBA, lo que amerita su igual tratamiento;

Que en el presente caso, dos son las medidas que habrán de adoptarse conforme a lo acordado en la respectiva paritaria: por un lado, un incremento salarial para el mes de junio de 2024 del 4% (CUATRO POR CIENTO) en el valor de la Unidad Retributiva vigente al mes de marzo de 2024, y para el mes de julio de 2024 un incremento del 5% (CINCO POR CIENTO) con igual base de cálculo;   y por otro, la actualización del bono de 35.000 (TREINTA Y CINCO MIL PESOS) de carácter no retributivo creado por la Resolución Nº 020-CESBA/2024, cuyo valor pasará a ser de $55.000 (CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS) a partir del 1º de junio de 2024;

Que por lo tanto corresponde emitir el presente acto administrativo a fin de consagrar los mencionados beneficios;

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado en el caso la intervención de su competencia;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 14 de la Ley Nº 3317 y del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Fíjase el valor de la Unidad Retributiva en el ámbito del CESBA, para los Niveles 1 (UNO) a 6 (SEIS) de la escala aprobada por el ANEXO I de la Resolución Nº 051-CESBA/2018, con efecto a partir del día 1º de junio de 2024, en la suma de $72,50 (SETENTA Y DOS PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS), y para el Nivel 0 (CERO) de la misma escala, en la suma de $ 68,40  (SESENTA Y OCHO PESOS CON CUARENTA CENTAVOS), a partir de la misma fecha.

ARTÍCULO 2º: Fíjase el valor de la Unidad Retributiva en el ámbito del CESBA, para los Niveles 1 (UNO) a 6 (SEIS) de la escala aprobada por el ANEXO I de la Resolución Nº 051-CESBA/2018, con efecto a partir del día 1º de julio de 2024, en la suma de $75,51 (SETENTA Y CINCO PESOS CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS), y para el Nivel 0 (CERO) de la misma escala, en la suma de $ 71,25  (SETENTA Y UN PESOS CON VEINTICINCO CENTAVOS), a partir de la misma fecha.

ARTÍCULO 3º: Actualízasea la suma de $55.000 (CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS) el valor del bono de carácter no retributivo consagrado por la Resolución Nº 020-CESBA/2024, con efecto a partir del día 1º de junio de 2024.

ARTÍCULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2024.

ARTÍCULO 5°: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-

RESOLUCIÓN Nº 040-CESBA/2024