Res. Nº 065-CESBA/2024. Autorízase a la Gerencia de AAJJ y RRHH a celebrar contratos de locación de servicios y adendas a los ya existentes

BUENOS AIRES, 01 OCT 2024

VISTAS la necesidad de garantizar el normal funcionamiento del CESBA, por un lado, y el nivel de desempeño de las personas contratadas por el organismo a través de la modalidad de la locación de servicios, por otro, y  

CONSIDERANDO:

Que las necesidades operativas del CESBA hacen necesaria la contratación de personas bajo la modalidad de la locación de servicios, para atender la realización de tareas urgentes y específicas que no requieren de su incorporación en forma estable;

Que en lo referido a locadores de servicios que ya se vienen desempeñando como tales,  tanto por la eficiencia en su desempeño, en algunos casos, como por la necesidad de adecuar los montos contractuales a valores mínimos que garanticen una retribución digna, en otros, se hace necesario reformular los valores que en cada caso habrá de indicarse;

Que en consecuencia de lo expuesto, corresponde autorizar la celebración de contratos de locación nuevos, y de adendas a contratos de locación de servicios actualmente vigentes, en las condiciones que para cada caso correspondan;

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado la intervención de su competencia;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 12º: Autorízase a la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos a suscribir contratos de locación de servicios en las condiciones que surgen del ANEXO I, que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º: Autorízase a la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos a celebrar adendas en los contratos de locación de servicios que se indican en el ANEXO II, que forma parte integrante de la presente Resolución, en las condiciones y por los plazos allí establecidos, permaneciendo vigentes todas aquellas cláusulas que no sean objeto específico de modificación mediante este acto.

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2024.

ARTÍCULO 4º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-

RESOLUCIÓN Nº 065-CESBA/2024