BUENOS AIRES, 01 NOV 2024
VISTO el Expediente Nº 008-CESBA/2024, y
CONSIDERANDO:
Que a través de las precitadas actuaciones se gestionó la firma de 2 (DOS) Convenios Específicos de Cooperación Institucional y Asistencia Técnica entre el CESBA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN, consistentes en la realización de 2 (DOS) informes vinculados con trabajo de adultos mayores y demanda laboral en CABA;
Que la Gerencia Técnico Administrativa informó acerca de la firma de dos adendas, una vinculada a cada uno de los citados convenios, mediante las cuales se actualizaron los montos a erogar por el CESBA durante el último trimestre del corriente año;
Que, salvo en lo concerniente a dicha actualización, las demás cláusulas contractuales se mantienen inamovibles respecto de lo firmado originariamente;
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado intervención en el caso, prestando conformidad a lo actuado;
Que en consecuencia, corresponde emitir el acto administrativo que así lo refleje;
Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Apruébanse las adendas de fecha 30 de septiembre de 2024 suscriptas en el marco de los Convenios Específicos de Cooperación Institucional y Asistencia Técnica entre el CESBA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN, cuyo objeto es la elaboración de 2 (DOS) informes por parte de la citada casa de Altos Estudios, relacionados con empleo de mayores adultos y demanda laboral en la CABA.
ARTÍCULO 2º: Los aportes del CESBA destinados al cumplimiento de las adendas cuya firma se aprueba, no podrán exceder entre ambos la suma de $49.000.000 (PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES), y serán girados a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN con las modalidades y en la oportunidad que surge del convenio vigente, en 3 (TRES) cuotas mensuales y consecutivas a oblarse en los meses de octubre a diciembre de 2024.
ARTÍCULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 4º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-
RESOLUCIÓN Nº 074-CESBA/2024