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Res. Nº 006-CESBA/2022. Autorízase la firma de un Convenio Específico de Gestión de Proyectos a celebrarse entre el CESBA y la empresa UBATEC S.A., en los términos que surgen del Expediente Nº 003-CESBA/2022.

 

BUENOS AIRES,  24 ENE 2022

VISTO el Expediente Nº 003-CESBA/2022, y

CONSIDERANDO:

Que a través de las precitadas actuaciones, la Dirección de Relaciones Institucionales propicia la firma de un Convenio Específico de Gestión de Proyectos entre el CESBA y la empresa UBATEC S.A.;

Que ambas entidades ya han suscripto en anteriores ocasiones convenios como el que se propicia, cuya ejecución resultó ampliamente satisfactoria para las partes;

Que en esta oportunidad se procura avanzar en la celebración de un nuevo convenio similar al que fuera ejecutado durante el Ejercicio 2021, modificándose los montos a invertir –producto de la depreciación monetaria ocurrida desde entonces- y los temas a tratar en los informes que se solicitan;

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado intervención en el caso, prestando conformidad a la firma del convenio analizado;

Que en consecuencia, corresponde emitir el acto administrativo que así lo autorice;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Autorízase la celebración de un Convenio Específico de Gestión de Proyectos entre el CESBA y la empresa UBATEC S.A., cuyo objeto es la colaboración y asistencia de la precitada entidad para la realización de investigaciones en las siguientes áreas:

  1. Áreas de importancia para la conservación de la fauna en CABA
  2. Programa Remediar como política pública de salud
  3. Descentralización funcional en el ámbito de la CABA
  4. Situación de la seguridad vial en el ámbito de la CABA

El tenor del Convenio a suscribirse debe resultar ajustado al modelo de Convenio consensuado previamente entre las partes, que obra agregado a fs. 4/6 del expediente que se cita en el VISTO.

ARTÍCULO 2º: Los aportes del CESBA destinados al cumplimiento del Convenio cuya celebración se autoriza, no podrán exceder la suma de $30.000.000 (TREINTA MILLONES DE PESOS), y serán girados a UBATEC S.A. con las modalidades y en la oportunidad que surge de la Cláusula CUARTA del texto acordado.

ARTÍCULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 4º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 006-CESBA/2022