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Res. Nº 007-CESBA/2022. Autorízase a la Gerencia Técnico Administrativa a modificar el objeto de la contratación dispuesta mediante Resolución Nº 041-CESBA/2021, por las demoras existentes en la entrega de vehículos del modelo adquirido.

 

 

BUENOS AIRES, 25 ENE 2022

VISTO el Expediente N° 016-CESBA/2021, y  

CONSIDERANDO:

Que por las citadas actuaciones la Gerencia Técnico Administrativa tramita la adquisición de un automotor cero kilómetro para su afectación al uso oficial;

Que por Resolución Nº 037-CESBA/2021, de fecha 8 de noviembre de 2021, esta Presidencia autorizó la celebración del respectivo procedimiento de contratación, estableciendo los criterios que deberían ponderarse prioritariamente para la adjudicación;

Que en consecuencia de ello, se celebró un procedimiento de contratación directa en los términos del art. 28 de la Ley de Compras y Contrataciones N° 2095, sus modificatorias y decreto reglamentario;

Que en el marco del respectivo proceso se requirieron 4  (CUATRO) presupuestos a reconocidas concesionarias de la marca Toyota, conforme a las constancias que corren agregadas al expediente;

Que del cuadro comparativo de las ofertas recibidas, surgió que la más conveniente para los intereses del organismo es la que fuera presentada por la empresa Kansai S.A., ya que al precio de venta del vehículo ofertado agrega la mejor cotización por el automotor usado que el CESBA procura entregar en parte de pago;

Que por tal razón, la compra fue adjudicada a la antedicha empresa, decisión que fue materializada a través de la Resolución Nº 041-CESBA/2021;

Que atento a la demora evidenciada en la entrega del vehículo, la Gerencia Técnico Administrativa efectuó las consultas del caso con el proveedor, siendo informada en el sentido de que el modelo Toyota Yaris Sedán XLS Pack CVT observa actualmente una apreciable demora en la provisión de unidades a las concesionarias, lo que incidirá directamente en el ritmo de adjudicación de los vehículos;

Que a raíz de lo expuesto, y considerando que con el inicio del Ejercicio 2022 el CESBA ya no cuenta con las limitaciones presupuestarias propias del último tramo del Ejercicio 2021, se considera propicio sustituir el modelo contratado por otro de igual marca, y provisto por idéntico proveedor, pero con mejores prestaciones y menor tiempo de entrega programado;

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado la intervención de su competencia;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno y el artículo 28 de la Ley N° 2095, sus modificatorias y decreto reglamentario;

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Autorízase a la Gerencia Técnico Administrativa a modificar el objeto de la contratación  llevada a cabo mediante el expediente citado en el VISTO, sustituyendo la adquisición de un automotor TOYOTA YARIS SEDÁN XLS PACK CVT cero kilómetro por otro de igual marca, modelo COROLLA SEG CVT 2.0.

ARTÍCULO 2°: Mantiénese la adjudicación de la presente contratación directa a la empresa KANSAI S.A. (CUIT N° 33-68579955-9), quedando autorizadas por este acto las erogaciones en más que pudieran resultar de la actualización del precio de lista del producto al tiempo de la confirmación de la operación, como así también las que fueran consecuencia del cambio de modelo efectuado.

Queda establecido asimismo que el CESBA se reserva para sí el derecho de arrepentimiento para el caso de que la operación se tornara excesivamente onerosa.

ARTÍCULO 3º: Mantiénese en suspenso la posibilidad de integrar el pago de la presente contratación con la entrega del automotor Citroën C3 Aircross Shine 2016 dominio AA 540 KX de propiedad del organismo, la que quedará supeditada a la valuación que se practique sobre éste al tiempo de la concreción de la operación.

ARTÍCULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 5º: Regístrese, notifíquese a la adjudicataria, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 007-CESBA/2022