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Res. Nº 009-CESBA/2022. Autorízase la firma de un Convenio Específico de Cooperación Institucional y Asistencia Técnica y Académica entre el CESBA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN, en los términos que surgen del Expediente Nº 005-CESBA/2022.

 

                                                                      

BUENOS AIRES,  03 FEB 2022

VISTO el Expediente Nº 005-CESBA/2022, y

CONSIDERANDO:

Que a través de las precitadas actuaciones, la Dirección de Relaciones Institucionales propicia la firma de un Convenio Específico de Cooperación Institucional, y Asistencia Técnica y Académica entre el CESBA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN;

Que ambas entidades ya han suscripto en anteriores ocasiones convenios como el que se propicia, cuya ejecución resultó ampliamente satisfactoria para las partes;

Que en esta oportunidad se procura avanzar en la celebración de un nuevo convenio similar al que fuera ejecutado durante el Ejercicio 2021, modificándose los montos a invertir, producto de la depreciación monetaria ocurrida desde entonces;

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado intervención en el caso, prestando conformidad a la firma del convenio analizado;

Que en consecuencia, corresponde emitir el acto administrativo que así lo autorice;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;

 Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Autorízase la celebración de un Convenio Específico de Cooperación Institucional y Asistencia Técnica y Académica entre el CESBA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN, cuyo objeto es la colaboración y asistencia de la precitada entidad a través de servicios profesionales en materia de administración y gestión.

El tenor del Convenio a suscribirse debe resultar ajustado al Convenio celebrado entre las partes en fecha 13 de marzo de 2020, que obra agregado en copia a fs. 5/6 del expediente que se cita en el VISTO, y cuyas acciones se denominan en conjunto como “Plan de Fortalecimiento Institucional”.

ARTÍCULO 2º: Los aportes del CESBA destinados al cumplimiento del Convenio cuya celebración se autoriza, no podrán exceder la suma de $10.800.000 (DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS), y serán girados a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN con las modalidades y en la oportunidad que surge de la Cláusula  TERCERA del texto acordado.

ARTÍCULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 4º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 009-CESBA/2022