Generic placeholder image

Res. Nº 017-CESBA/2022. Rectifícase la política salarial para el personal del CESBA a partir del 1° de marzo de 2022.

 

 

BUENOS AIRES, 16 MAY 2022

VISTA la depreciación de la moneda evidenciada como natural consecuencia del proceso inflacionario que sufre actualmente la economía nacional, y

CONSIDERANDO:

Que para evitar los perjuicios generados por dicha situación en el valor adquisitivo de los salarios, corresponde actualizar el valor de la Unidad Retributiva que se toma como base para su cálculo;

Que para ello habrá de tomarse como criterio directivo lo acordado por el Sindicato Único de Trabajadores y Empleados de la CABA (SUTECBA) en su negociación paritaria con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para el presente año;

Que en ese sentido, el valor a determinar será el resultante de aplicar un 15% (QUINCE POR CIENTO) de incremento respecto del que se encontraba vigente al día 1º de febrero de 2022, con efecto a partir del día 1º de marzo de 2022, sin perjuicio de lo que corresponda liquidar en lo sucesivo;

Que atento a que el CESBA, en ejercicio de sus facultades regulatorias en esta materia, había dispuesto mediante Resolución Nº 015-CESBA/2022 un incremento menor al que aquí se dispone, las diferencias resultantes desde el mes de marzo de 2022 en adelante habrán de ser reconocidas al personal a través de una liquidación complementaria;

Que por lo tanto corresponde emitir el presente acto administrativo a fin de consagrar el mencionado beneficio;

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado en el caso la intervención de su competencia;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 14 de la Ley Nº 3317 y del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Sustitúyese el artículo 1º de la Resolución Nº 015-CESBA/2022, por el siguiente:

“ARTÍCULO 1º: Fíjase el valor de la Unidad Retributiva en el ámbito del CESBA, para los Niveles 1 (UNO) a 7 (SIETE) de la escala aprobada por el ANEXO I de la Resolución Nº 051-CESBA/2018, con efecto a partir del día 1º de marzo de 2022, en la suma de $8,99 (OCHO PESOS CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS), y para el Nivel 0 (CERO) de la misma escala, en la suma de $8,49 (OCHO PESOS CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS), a partir de la misma fecha.”

ARTÍCULO 2º: Las diferencias salariales generadas a favor de los agentes como consecuencia de lo dispuesto por la presente resolución serán liquidadas mediante liquidación complementaria, conjuntamente con los haberes del mes de mayo de 2022.

ARTÍCULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 4º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 017-CESBA/2022