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Res. Nº 019-CESBA/2021. Apruébanse el Convenio Marco de Cooperación Institucional y Asistencia Técnica y Académica y el Convenio Específico de Colaboración y Asistencia Técnica suscripto entre el CESBA y la UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN en fecha 1º de marzo d

 

 

BUENOS AIRES, 09 MAR 2021

VISTO el Expediente Nº 006-CESBA/2021, y

CONSIDERANDO:

Que a través de las precitadas actuaciones tramitó la firma de un Convenio Marco de Cooperación Institucional y Asistencia Técnica y Académica y de un Convenio Específico de Colaboración entre el CESBA y la Universidad Nacional de San Martín;

Que en lo esencial, dichos documentos tienen por objeto la realización de tareas de asesoramiento profesional al CESBA por parte de la UNSAM, conforme a los requerimientos que ésta reciba de parte de este Consejo;

Que la Gerencia Técnico Administrativa certificó la existencia de Crédito Presupuestario suficiente para afrontar las erogaciones derivadas de la ejecución del acuerdo específico, toda vez que el Convenio Marco no importa gastos que deban ser considerados;

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos tomó en el caso la intervención de su competencia;

Que por lo tanto procede emitir el acto administrativo aprobatorio de lo actuado y de las erogaciones a realizarse;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Apruébanse el Convenio Marco de Cooperación Institucional y Asistencia Técnica y Académica y el Convenio Específico de Colaboración y Asistencia Técnica suscriptos en fecha 1° de marzo de 2021 entre el CESBA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN, que como ANEXOS I y II corren agregados en copia a la presente Resolución, integrándola.

ARTÍCULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento del Convenio Específico aprobado por el artículo precedente será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 3º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 019-CESBA/2021