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Res. Nº 024-CESBA/2022. Suprímese de la Estructura orgánico funcional del CESBA aprobada por las Resoluciones Nros. 19-CESBA/2020 y 21-CESBA/2020 la Unidad de Auditoría Interna (UAI).

 

 

BUENOS AIRES, 21 JUN 2022

VISTAS las Resoluciones Nros. 019-CESBA/2020 y 021-CESBA/2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el primero de los citados actos administrativos se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del CESBA y las Responsabilidades Primarias de sus diferentes dependencias;

Que por el segundo de dichos actos se reglamentaron las funciones específicas de cada área;

Que entre las unidades que integran la Estructura vigente, y dependiendo directamente de la Presidencia del ente, se encuentra la Unidad de Auditoría Interna;

Que a partir de la aceptación de la renuncia de su titular, ocurrida el día 9 de diciembre de 2019, y hasta el presente, la titularidad de la UAI se mantuvo vacante;

Que ello es así por cuanto, siendo que el CESBA depende organizacionalmente del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción del GCBA, ha sido la propia Unidad de Auditoría Interna ministerial la que ha ejercido el respectivo control interno;

Que en orden a lo expuesto, mantener en funcionamiento una Unidad de Auditoría Interna adicional implicaría un doble perjuicio, toda vez que por un lado se verificaría la existencia de una duplicidad de organismos con funciones exactamente iguales, con su consecuente conflicto de competencias,  y por otro se generaría una erogación presupuestaria que no encuentra justificativo;

Que la Ley Nº 70, de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad incluye en su ámbito de aplicación tanto a la Administración Central como a los entes descentralizados, en particular a aquellos en que la Ciudad tuviera fondos o aportes cuya administración, guarda o conservación esté a cargo del Estado de la Ciudad de Buenos Aires a través de sus jurisdicciones o entidades;

Que tal es el caso del CESBA, que además, conforme a la definición dada por su ley de creación Nº 3317, es un ente público no estatal con personalidad jurídica propia;

Que por lo tanto, el control interno de la actividad del CESBA se realiza a través de la UAI ministerial, a quien, por otra parte, se le eleva anualmente el informe de cierre de cada Ejercicio Presupuestario, para su posterior tramitación ante la Sindicatura General de la Ciudad;

Que en virtud de todo lo expuesto, corresponde modificar la Estructura Orgánico Funcional del CESBA a fin de suprimir de ésta la Unidad de Auditoría Interna con todas sus funciones específicas;

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado en el caso la intervención de su competencia;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que surgen del artículo 25, inciso a) del Reglamento Interno;

 

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECÓNÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Suprímense de la Estructura Orgánico Funcional del CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES la Unidad de Auditoría Interna y su Responsabilidad Primaria y Funciones creadas por la Resolución Nº 019-CESBA/2020 (Anexos I y II), y la Resolución Nº 021-CESBA/2020 (Anexo I).

ARTÍCULO 2º: Regístrese, notifíquese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 024-CESBA/2022