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Res. Nº 044-CESBA/2023. Dispónese la creación de una Caja Chica Especial para afrontar gastos del plenario COFES de los días 5 y 6 de julio de 2023

 

BUENOS AIRES, 22 JUN 2023

 

VISTAS las Resoluciones Nº 3-CEyS/2012 y 26-CESBA/2023, y

CONSIDERANDO:

Que por el primero de los citados actos administrativos se aprobó el Régimen de Fondos del Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en materia de Caja Chica, el precitado plexo normativo estipula que aquélla importa la provisión de una suma de dinero, con cargo de rendir cuentas, y constituye un procedimiento de excepción limitado a casos que por sus características exijan la modalidad de pago anticipado o contra entrega o plazos inferiores a los impuestos por el Régimen de Contrataciones;

Que por el segundo de los actos referidos se encomendó a la Dirección de Relaciones Institucionales de este Consejo la organización general del evento denominado “El rol de los Consejos Económicos y Sociales a 40 años de la democracia: iniciativas, estrategias y desafíos”, a realizarse en la Ciudad de Buenos Aires entre los días 5 y 6 de julio de 2023;

Que a fin de afrontar gastos de menor cuantía vinculados con la antedicha actividad, el área organizadora solicitó contar con una Caja Chica Especial;

Que en consecuencia, corresponde proveer favorablemente lo requerido;

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado en el caso la intervención de su competencia;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las atribuciones que emanan del artículo 25, inciso a) del Reglamento Interno;

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL  CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Créase en el ámbito de la Gerencia Técnico Administrativa una Caja Chica Especial que se aplicará exclusivamente a afrontar los gastos menores relativos al plenario COFES a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre los días 5 y 6 de julio de 2023 que, por su naturaleza, exijan la modalidad de pago anticipado o contra entrega o tengan un plazo de cumplimiento inferior al fijado por el Régimen de Compras y Contrataciones vigente.

ARTÍCULO 2°: El monto de la Caja Chica creada por el precedente artículo se fija en la suma de $200.000 (DOSCIENTOS MIL PESOS), con un máximo por comprobante de $ 30.000 (TREINTA MIL PESOS), y caducará automáticamente al momento de la aprobación de su rendición de cuentas, al cabo del evento al cual se encuentra asociada.

ARTÍCULO 3º: Las erogaciones a realizarse en concepto de gratificación al personal que atienda la cena institucional del día 5 de julio de 2023, como así también los montos a erogarse por igual concepto a favor del personal afectado a las comidas y servicios de catering de los días 5 y 6 de julio de 2023, quedarán exceptuados del valor máximo consignado en el artículo precedente, en tanto que serán rendidos mediante declaración jurada del funcionario que efectúe el pago.

ARTÍCULO 4º: La responsabilidad por la administración de la Caja Chica creada por el artículo 1º recae en la Gerencia Técnico Administrativa del CESBA.

Los responsables deberán rendir cuentas de lo gastado con carácter previo a gestionarse cualquier reposición de fondos.

ARTÍCULO 5º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2023.

ARTÍCULO 6°: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

RESOLUCIÓN  N° 044-CESBA/2023