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Res. Nº 055-CESBA/2022. Dispónese la adscripción de la agente Valeria REULA a la Secretaría de Comercio de la Nación

 

 

BUENOS AIRES, 22 NOV 2022

 

VISTA la Nota de fecha 1º de octubre de 2022 presentada a este Consejo por el señor Secretario de Comercio de la Nación en fecha 22 de noviembre de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada nota se solicita la adscripción de la agente Valeria Vanesa REULA, para desempeñarse en el equipo del precitado funcionario por el término de 1 (UN) año;

Que el Estatuto General vigente para el personal del CESBA, aprobado por la Resolución Nº 74-CEyS/14, prevé en su artículo 66 la figura de la adscripción al determinar que “…El personal bajo relación de dependencia revista adscripto cuando es destinado a ejercer sus funciones en forma transitoria fuera del asiento habitual de éste, a requerimiento de un organismo solicitante y para cumplir funciones propias de la competencia específica del ente requirente (…)”;

Que en este caso concreto, la situación que se plantea puede ser enmarcada en dicha figura, por concurrir los elementos que la caracterizan conforme a la norma recién transcripta;

Que la eventual adscripción de la agente REULA, quien ha prestado conformidad a su eventual traslado, no afectaría el normal funcionamiento del CESBA;

Que por lo expuesto corresponde proveer de conformidad a lo solicitado, siendo facultad de ambos organismos, y de la propia agente, dejar sin efecto en forma anticipada la adscripción de que se trata si se hubieran modificado las razones de hecho o de derecho que fueron tenidas en consideración para adoptarla;

Que atento a encontrarse la agente REULA adscripta actualmente a la empresa ARSAT, medida que se materializó mediante la Resolución Nº 019-CESBA/2022, corresponde dejarla sin efecto;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Autorízase la adscripción de la agente de Planta Permanente Valeria Vanesa REULA (DNI Nº 25.623.388) para desempeñarse en la Secretaría de Comercio de la Nación, por el término de 1 (UN) año contado a partir del día de emisión de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º: La adscripción dispuesta en el artículo precedente podrá ser dejada sin efecto en forma anticipada por el órgano receptor, por este Consejo o por la propia agente, si se hubieran modificado las razones de hecho o de derecho que fueron tenidas en consideración para adoptar la medida.

ARTÍCULO 3º: Establécese que la agente REULA deberá presentar mensualmente una certificación, emitida por el órgano receptor, que acredite su prestación efectiva de servicios, como condición indispensable para la percepción de sus remuneraciones.

ARTÍCULO 4º: Déjase sin efecto, a partir de la fecha de emisión de la presente Resolución, su similar Nº 019-CESBA/2022.

ARTÍCULO 5º: Regístrese, notifíquese,  practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 055-CESBA/2022