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Res. Nº 061-CESBA/2022. Dispónese la liquidación de un bono de carácter no remunerativo para todo el personal de plantas y contratado.

 

 

BUENOS AIRES, 01 DIC 2022

VISTA la proximidad del cierre del Ejercicio 2022, y  

CONSIDERANDO:

Que durante el corriente año, el CESBA ha venido actualizando los haberes de su personal en función de las necesidades impuestas por el proceso inflacionario que afecta a nuestro país, con el fin de evitar el deterioro de su valor adquisitivo;

Que un tratamiento similar se ha dado a los contratos de locación de servicios, con igual propósito;

Que la política salarial del organismo ha ido en línea, durante todo el Ejercicio 2022, con la que fuera acordada entre el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y la representación sindical de los trabajadores del sector;

Que aun así, el CESBA ha realizado durante todo el período mencionado una administración austera, enfocada en una política de contención de gastos que hoy le permite contar con fondos suficientes como para retribuir, a través de un bono de carácter no remunerativo, el esfuerzo evidenciado por su personal durante el corriente año;

Que en consecuencia, se ha considerado pertinente establecer una bonificación especial, de carácter no remunerativo, a liquidarse por única vez durante el mes de diciembre de 2022, y cuyos beneficiarios serán los agentes de las Plantas de Personal que integran el CESBA y las personas vinculadas con el organismo a través de contratos de locación de servicios;

Que no obstante lo expuesto, si se produjera la reapertura de las negociaciones paritarias correspondientes al presente año, y en el marco de éstas se dispusiera el reconocimiento de pagos en concepto de bonos o pagos similares de carácter no remunerativo por única vez, el beneficio que se concede por el presente acto será absorbido por aquel que eventualmente se consagre, hasta la suma que los compense, quedando pendiente de liquidación el posible remanente, en caso de existir;

Que atento a su condición de ente público no estatal regulado por la Ley Nº 3317, el CESBA cuenta, entre otras, con facultades suficientes para regular su propia política salarial, por lo que el presente acto es de la competencia específica de esta Presidencia;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Dispónese, por única vez, el pago de una suma de carácter no remunerativo de $50.000 (CINCUENTA MIL PESOS), la que será liquidada durante el mes de diciembre de 2022 a favor de los agentes de las Plantas de Personal del CESBA, salvo aquellos que se encuentren en uso de licencias sin goce de haberes, y de las personas vinculadas con el organismo a través de contratos de locación de servicios.

ARTÍCULO 2º: Déjase establecido que si se produjera la reapertura de las negociaciones paritarias correspondientes al presente año, y en el marco de éstas se dispusiera el reconocimiento de pagos tales como bonos o conceptos similares de carácter no remunerativo por única vez, el beneficio que se concede por el presente acto será absorbido por aquel que eventualmente se consagre, hasta la suma que los compense, quedando pendiente de liquidación el posible remanente, en caso de existir.

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 4º: Regístrese, notifíquese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 061-CESBA/2022