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Res. Nº 068-CESBA/2023. Autorízase a la Gerencia de AA.JJ. y RR.HH. a celebrar adendas en contratos de locación de servicios

 

BUENOS AIRES, 03 OCT 2023

VISTAS las necesidades operativas del CESBA, y  

CONSIDERANDO:

Que para su cobertura, el organismo cuenta, además de con los agentes que revisten en sus Plantas de personal, con diversas personas que se vinculan con aquél a través de contratos de locación de servicios;

Que, analizados los requerimientos actuales que garanticen el normal funcionamiento del ente, se hace necesario adecuar determinados contratos, sea en su duración, sea en el precio acordado, sea finalmente en ambos aspectos;

Que por otra parte, y a fin de satisfacer necesidades propias del último trimestre del presente Ejercicio, también resulta aconsejable disponer contrataciones adicionales a las ya existentes;

Que en consecuencia de lo expuesto, procede autorizar la celebración de adendas en ciertos contratos vigentes, en las condiciones que se indican en la presente Resolución, como así también la celebración de contratos nuevos;

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado la intervención de su competencia;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Autorízase a la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos a celebrar sendas adendas en los contratos de locación de servicios actualmente vigentes entre el CESBA y las personas que se citan en el ANEXO I, que forma parte de la presente Resolución, integrándola,  cuyas vigencias operarán con efecto a partir del 1º de octubre de 2023 y consistirán exclusivamente en la modificación de los valores a abonar mensualmente a cada uno de los locadores, manteniéndose inalteradas las demás condiciones pactadas originalmente.

ARTÍCULO 2º: Autorízase a la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos a celebrar sendas adendas en los contratos de locación de servicios actualmente vigentes entre el CESBA y las personas que se citan en el ANEXO II, que forma parte de la presente Resolución, integrándola,  cuyas vigencias operarán con efecto a partir del 1º de octubre de 2023 y consistirán en la modificación de los valores a abonar mensualmente a cada uno de los locadores, y la extensión de los plazos de vigencia contractuales, manteniéndose inalteradas las demás condiciones pactadas originalmente.

ARTÍCULO 3º: Autorízase a la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos a celebrar contratos de locación de servicios con las personas que se citan en el ANEXO III, que forma parte de la presente Resolución, integrándola, en las condiciones allí detalladas.

ARTÍCULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2023.

ARTÍCULO 5º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 068-CESBA/2023