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Res. Nº 079-CESBA/2023. Renuévase el abono del programa “Salary” de liquidación de haberes

 

BUENOS AIRES, 24 OCT 2023

VISTO el Expediente Nº 020-CESBA/2023, y

CONSIDERANDO:

Que por las precitadas actuaciones la Gerencia Técnico Administrativa manifiestó la necesidad de efectuar la renovación de la licencia de uso del  programa de Liquidación de Haberes denominado SALARY y su abono de asistencia remota, atento a la inminencia de su vencimiento;

Que a raíz de ello, se solicitó a la empresa prestadora la respectiva cotización;

Que no corresponde requerir otros presupuestos habida cuenta de que la prestación respectiva es brindada por una única licenciataria;

Que, por lo tanto, corresponde disponer la respectiva adjudicación;

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado en el caso la intervención de su competencia;

Que el presente acto se enmarca en las disposiciones del art. 28 inc. c) de la Ley Nº 2035 y sus modificatorias y complementarias, y se emite en ejercicio de las atribuciones que emanan del artículo 25, inciso a) del Reglamento Interno;

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL  CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Adjudícase a la empresa BUENOS AIRES SOFTWARE S.A. (CUIT Nº 33-60798628-9) la contratación de los siguientes renglones:

  1. Upgrade Prepago Salary Easy Soft con provisión de las nuevas versiones; vigencia 1º de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024, y
  2. Abono de Asistencia Remota Salary Easy Soft, con igual vigencia

ARTÍCULO 2º: El precio total de lo adjudicado asciende a la suma de $244.952,40 (DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS CON CUARENTA CENTAVOS), IVA incluido. La condición de pago es la que surge de la oferta presentada por el proveedor y obrante en el expediente que se cita en el VISTO.

ARTÍCULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes al Presupuesto Ejercicio 2023.

ARTÍCULO 4º: Regístrese, publíquese en la página web oficial del CESBA, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-

 

 

RESOLUCIÓN  N° 079-CESBA/2023