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Res. Nº 087-CESBA/2023. Adjudícase la contratación del alquiler de 2 (dos) equipos fotocopiadores multifunción para el CESBA

 

BUENOS AIRES, 28 NOV 2023

VISTO el Expediente Nº 022-CESBA/2023, y

CONSIDERANDO:

Que a través de dichas actuaciones tramita la contratación del alquiler de 2 (DOS) equipos fotocopiadores multifunción para la sede del CESBA;

Que mediante la Resolución Nº 000-CESBA/2023 se autorizó la realización de un concurso de precios para realizar la contratación mencionada;

Que en el marco de ese procedimiento se solicitaron 3 (TRES) cotizaciones, con fundamento en el art. 27 de la Ley Nº 2095 y sus modificatorias y complementarias;

Que el cuadro comparativo de ofertas agregado a las actuaciones refleja las condiciones propuestas por las empresas oferentes;

Que la oferta realizada por la empresa PROINTEC SOLUCIONES DIGITALES S.R.L. resulta ser la más conveniente a los intereses del CESBA;

Que, por lo tanto, corresponde autorizar la contratación respectiva;

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado en el caso la intervención de su competencia;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las atribuciones que emanan del artículo 25, inciso a) del Reglamento Interno y del art. 27 de la Ley Nº 2095, sus modificatorias y complementarias;

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL  CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Apruébase lo actuado en el marco del Expediente citado en el VISTO, cuyo objeto consiste en la contratación del alquiler de 2 (DOS) equipos fotocopiadores multifunción para la sede del CESBA.

ARTÍCULO 2°: Adjudícase la contratación a la empresa PROINTEC SOLUCIONES DIGITALES S.R.L. (CUIT Nº 30-68275747-3), en las condiciones que surgen de la oferta agregada al expediente, por un monto total de $8.131.200 (OCHO MILLONES CIENTO TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS PESOS).

ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2023.

ARTÍCULO 4º: Regístrese, publíquese en la página web oficial del CESBA, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese.

 

 

RESOLUCIÓN  N° 087-CESBA/2023