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Res. Nº 154-CESBA/16. Adjudica la contratación de Soluciones Informáticas.

BUENOS AIRES, 30 SEP 2016

VISTO el Expediente Nº 67-CESBA/16, y

CONSIDERANDO:

Que a través de las precitadas actuaciones se emitió la Resolución N° 102-CESBA/16, mediante la cual, en lo esencial, se autorizó la provisión de bienes informáticos y se contrataron servicios asociados a dichos bienes, adjudicándose la operación a la empresa ZNET Soluciones Informáticas S.R.L.;

Que uno de los renglones cotizados, referido a compra de licencias informáticas, no fue adjudicado, por entenderse que éstas habían sido adquiridas por un expediente ajeno a estos obrados;

Que con posterioridad a la adjudicación, la empresa contratista efectuó una presentación en la cual manifiestó que, habiendo tenido acceso a las respectivas actuaciones administrativas, advierte que las licencias adquiridas no son equivalentes a las oportunamente cotizadas, solicitando por lo tanto que se adjudique el renglón faltante;

Que al margen de lo expuesto, y en forma contemporánea con la antedicha solicitud, se produjo una presentación del Lic. Pablo Martiné, quien fuera el responsable de efectuar el relevamiento de la situación informática del CESBA y de la producción del informe de necesidades que motivó la contratación de ZNET;

Que dicha presentación consiste en un informe denominado “Avance de Proyecto Web”, cuyo texto se agregó a estas actuaciones para mejor ilustración;

Que asimismo en esa oportunidad se agregó una propuesta que habría sido previamente consensuada con autoridades del CESBA en materia informática, de la cual surge que el Lic. Pablo Martiné se encontraría desempeñándose en el rol de Líder de Proyecto-Alojamiento Web, en las condiciones contractuales allí estipuladas;

Que atento a la complejidad de las cuestiones planteadas, y a la especificidad de la materia que nos ocupa, la Gerencia de Administración solicitó la producción de un informe técnico que despejara toda duda respecto de la procedencia o improcedencia de hacer lugar a las peticiones en trámite;

Que a fs. 191/192 se agrega el informe técnico del caso, del cual se desprende que: a) Efectivamente el Lic. Martiné se ha desempeñado como líder de proyecto desde el 15 de julio de 2016, de manera satisfactoria, por lo que se propone su continuidad hasta fin del corriente año; b) El renglón (xiv) de la cotización originaria, referida a adquisición de licencias, efectivamente debe ser adjudicado;

Que luego de la emisión del referido informe, la contratista efectuó una nueva presentación manifestando que habiendo accedido al lado posterior del rack ubicado en el sexto piso, se comprobó que éste no dispone de más puertos libres en los Patch Panels para el conexionado de los nuevos puestos, por lo que adjunta el presupuesto para la adquisición de 2 (DOS) unidades;

Que corresponde, por lo expuesto, resolver todas las cuestiones planteadas que se encuentran actualmente pendientes de decisión;

 

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que surgen del artículo 24, inciso a) del Reglamento Interno;

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Reconócense las prestaciones realizadas por el Lic. Pablo Sebastián MARTINÉ (CUIT N° 20-27688661-5), en su condición de Líder de Proyecto de alojamiento web, a partir del día 15 de julio de 2016 en adelante, y autorízase a firmar con el precitado profesional un contrato de locación de servicios hasta el 31 de diciembre de 2016 que refleje la situación descripta por el presente artículo.

El valor de la prestación mensual por las funciones referidas en el precedente párrafo queda fijada en la suma de $25.000 (VEINTICINCO MIL PESOS) por mes, debiendo liquidarse en el primer pago todas las sumas devengadas desde el inicio de la prestación, adoptándose para lo sucesivo la frecuencia mensual por mes vencido.

ARTÍCULO 2º: Adjudícase a la empresa ZNET Soluciones Informáticas S.R.L. (CUIT N° 30-70952651-7) el renglón (xiv) de su oferta oportunamente presentada y aceptada mediante Resolución N° 102-CESBA/16, consistente en la adquisición de 2 (DOS) licencias de servidor y clientes de acceso WINSVRSTD 2012R2 SNGL OLP NL 2 y 45 (CUARENTA Y CINCO) licencias WINSVRCAL 2012 SNGL OLP NL USR, a un valor total por todo concepto de U$S 5.887 (CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE DÓLARES ESTADOUNIDENSES) más IVA, cancelables en moneda de curso legal con las mismas modalidades que los demás renglones cotizados en moneda extranjera.

ARTÍCULO 3°: Adjudícase a la empresa ZNET Soluciones Informáticas S.R.L. (CUIT N° 30-70952651-7), la compra de 2 (DOS) Patch Panels para troncales y APs conforme a los términos, condiciones generales y especificaciones técnicas que surgen de las presentes actuaciones, por un precio total por todo concepto de $6.000 (SEIS MIL PESOS) más IVA.

ARTÍCULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2016.

ARTÍCULO 5º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Federico SARAVIA. PRESIDENTE.-

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 154-CESBA/16