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Res. Nº 21-CESBA/17. Contratación de la empresa ZNET SOLUCIONES INFORMÁTICAS SRL para la prestación del servicio de soporte técnico informático y mantenimiento de redes; contratación del Lic. Pablo MARTINÉ como líder de proyecto de alojamiento web

 

 

 

BUENOS AIRES, 08 FEB 2017

 

            VISTO el Expediente Nº 004-161/2017-CESBA, y

CONSIDERANDO:

            Que por las precitadas actuaciones la Dirección de Relaciones Institucionales solicita la contratación de la empresa ZNET SOLUCIONES INFORMÁTICAS SRL para la prestación del servicio de soporte técnico informático y de administración de redes;

            Que en su presentación, obrante a fs.2 del expediente respectivo, el área propiciante hace notar que el servicio fue contratado oportunamente a través del Expediente Nº 67-CESBA/16, cuyo contrato expiró el 31 de diciembre de 2016;

            Que también manifiesta la antedicha Dirección que los servicios respectivos fueron prestados en forma ininterrumpida, desde el 1º de enero de 2017, producto de la continuidad de la relación contractual preexistente;

            Que en igual sentido, se requiere también la extensión de la contratación del Lic. Pablo MARTINÉ como líder de proyecto de alojamiento web;

            Que en ambos casos, la Dirección de Relaciones Institucionales hace notar que los mencionados proveedores cumplieron satisfactoriamente los servicios oportunamente contratados, demostrando un alto nivel de profesionalismo y eficiencia, lo que motiva el requerimiento de continuidad de ambos contratistas;

            Que al pie de fs. 2 vta. la Secretaría Ejecutiva presta conformidad a la petición referida;

            Que a fs. 3/6 corre agregado el presupuesto confeccionado por la empresa ZNET SOLUCIONES INFORMÁTICAS SRL, del que se desprende la descripción detallada de las prestaciones que habrán de brindarse durante el curso del contrato;

            Que a fs. 8 se acompaña el presupuesto elaborado por el Lic. Pablo MARTINÉ, con descripción de las tareas generales y específicas a su cargo;

            Que habida cuenta de la modalidad contractual de que se trata, el presente caso debe enmarcarse en lo normado por el artículo 28 de la Ley Nº 2095 y su reglamentación;

            Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25, inciso a) del Reglamento Interno;

            Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Dispónese la contratación de la empresa ZNET SOLUCIONES INFORMÁTICAS SRL (CUIT Nº 30-70952651-7) para la prestación del servicio de soporte técnico informático y de administración de redes del CESBA, con efecto a partir del día 1º de enero de 2017 y por el término de 6 (SEIS) meses.

ARTÍCULO 2º: Las prestaciones referidas en el precedente artículo deberán ajustarse a la descripción realizada en el presupuesto elaborado por la contratista, obrante a fs. 3/6 del expediente administrativo respectivo.

ARTÍCULO 3º: Fíjase como precio único y total por las prestaciones a que se refiere el artículo 2º de la presente resolución la suma de $138.500 (CIENTO TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS PESOS) mensuales más IVA.

Fíjase el precio de la hora presencial adicional (mínimo 2 horas) en la suma de $520 (QUINIENTOS VEINTE PESOS) más IVA.

Fíjase el precio de la hora remota adicional en la suma de $390 (TRESCIENTOS NOVENTA PESOS) más IVA.

ARTÍCULO 4º: Autorízase la celebración de un contrato de locación de servicios con el Lic. PABLO SEBASTIÁN MARTINÉ (CUIT Nº 20-27688661-5), para la prestación en carácter de líder de proyecto de alojamiento web, con efecto a partir del día 1º de enero de 2017 y por el término de 6 (SEIS) meses.

ARTÍCULO 5º: Las prestaciones referidas en el precedente artículo deberán ajustarse a la descripción realizada en el presupuesto elaborado por la contratista, obrante a fs. 8 del expediente administrativo respectivo.

ARTÍCULO 6º: Fíjase como precio único y total por las prestaciones a que se refiere el artículo 4º de la presente resolución la suma de $35.000 (TREINTA Y CINCO MIL PESOS) mensuales.

ARTÍCULO 7º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será imputado a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2017.

ARTÍCULO 8º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Federico SARAVIA. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 021-CESBA/17