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Res. Nº 34-CESBA/19. Créase en la Dirección de Relaciones Institucionales una Caja Chica para atención de gastos de Comisiones y Asambleas.

 

 

 

BUENOS AIRES, 24 ABR 2019

VISTA la Resolución Nº 3-CEyS/2012 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el precitado acto administrativo se aprobó el Régimen de Fondos del Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en materia de Caja Chica, el precitado plexo normativo estipula que aquélla importa la provisión de una suma de dinero, con cargo de rendir cuentas, y constituye un procedimiento de excepción limitado a casos que por sus características exijan la modalidad de pago anticipado o contra entrega o plazo inferior a los impuestos por el Régimen de Contrataciones;

Que a fin de afrontar los gastos menores relativos a las reuniones de Comisiones y Asambleas Ordinarias del CESBA, resulta necesario contar con una Caja Chica para el período 2019 destinada a cubrir las erogaciones vinculadas con esas actividades, siempre con los límites mencionados en el segundo Considerando de esta Resolución;

Que lo expuesto justifica contar con una Caja Chica en el ámbito de la Dirección de Relaciones Institucionales, para afrontar tales obligaciones;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las atribuciones que emanan del artículo 25, inciso a) del Reglamento Interno;

 

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL  CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Créase en el ámbito de la Dirección de Relaciones Institucionales del CESBA una Caja Chica para el período 2019 a fin de afrontar los gastos relativos al funcionamiento de las reuniones de Comisión y Asambleas Ordinarias que, por su naturaleza, exijan la modalidad de pago anticipado o contra entrega o tengan un plazo inferior al fijado por el Régimen de Compras y Contrataciones vigente.

ARTÍCULO 2°: El monto de la Caja Chica creada por el precedente artículo se fija en la suma de $80.000 (OCHENTA MIL PESOS), sin tope máximo por comprobante, y caducará el 31 de diciembre de 2019, sin perjuicio de la posibilidad de disponerse su renovación para futuros Ejercicios.

ARTÍCULO 3º: La responsabilidad por la administración de la Caja Chica creada por el artículo 1º recae en el Director de Relaciones Institucionales del CESBA, quien deberá rendir cuentas ante esta Presidencia con carácter previo a gestionarse cualquier reposición de los fondos que la integran.

ARTÍCULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2019.

ARTÍCULO 5°: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Matías TOMBOLINI. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

RESOLUCIÓN  N° 034-CESBA/19