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Res. N° 35-CESBA/2022. Fíjase la política salarial para el personal del CESBA a partir del 1º de septiembre de 2022.

 

 

 BUENOS AIRES, 06 SEP 2022

 VISTA la depreciación de la moneda evidenciada como natural consecuencia del proceso inflacionario que sufre actualmente la economía nacional, y

CONSIDERANDO:

Que para evitar los perjuicios generados por dicha situación en el valor adquisitivo de los salarios, corresponde actualizar el valor de la Unidad Retributiva que se toma como base para su cálculo;

Que habida cuenta de la reapertura de los acuerdos paritarios celebrados entre el GCBA y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la citada actualización habrá de seguir los lineamientos de lo acordado por dichas partes;

Que en virtud del marco legal regulatorio de su funcionamiento, el CESBA posee competencia para fijar su propia política salarial, por lo que lo expresado en el precedente Considerando no debe entenderse como renuncia a dicha facultad, sino simplemente como un reconocimiento de que las funciones desempeñadas por el personal del CESBA guardan similitud con las que cumple el personal administrativo del GCBA, lo que amerita su igual tratamiento;

Que el valor a determinar será el resultante de aplicar un 47 % (CUARENTA Y SIETE POR CIENTO) de incremento respecto del que se encontraba vigente al día 1º de enero de 2022, con efecto a partir del día 1º de septiembre de 2022;

Que por lo tanto corresponde emitir el presente acto administrativo a fin de consagrar el mencionado beneficio;

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos ha tomado en el caso la intervención de su competencia;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 14 de la Ley Nº 3317 y del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Fíjase el valor de la Unidad Retributiva en el ámbito del CESBA, para los Niveles 1 (UNO) a 7 (SIETE) de la escala aprobada por el ANEXO I de la Resolución Nº 051-CESBA/2018, con efecto a partir del día 1º de septiembre de 2022, en la suma de $11,50 (ONCE PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS), y para el Nivel 0 (CERO) de la misma escala, en la suma de $ 10,85 (DIEZ  PESOS CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS), a partir de la misma fecha.

ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 3º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Dr. Claudio D. PRESMAN. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 035-CESBA/2022