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Res. Nº 50-CESBA/19. Política salarial para el personal del CESBA a partir de Julio de 2019.

 

 

BUENOS AIRES, 16 JUL 2019

VISTOS los acuerdos vigentes celebrados para el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la Comisión Paritaria Central de dicha jurisdicción, y

CONSIDERANDO:

Que los acuerdos paritarios recientemente suscriptos abarcan el período marzo a diciembre de 2019;

Que en virtud del marco legal regulatorio de su funcionamiento, el CESBA posee competencia para fijar su propia política salarial;

Que en ejercicio de dicha potestad, se ha tomado la decisión de ajustar los salarios vigentes de conformidad con lo acordado en el precitado ámbito de negociación colectiva;

Que en consecuencia de lo expuesto, habrá de disponerse una mejora equivalente al 6% (SEIS POR CIENTO) de incremento respecto de los valores vigentes a abril de 2019, para todas las categorías sin excepción, la que se hará efectiva a partir del 1º de julio de 2019;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 14 de la Ley Nº 3317 y del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Fíjase el valor de la Unidad Retributiva en el ámbito del CESBA, para los Niveles 1 (UNO) a 7 (SIETE) de la escala aprobada por el ANEXO I de la Resolución Nº 051-CESBA/2018, con efecto a partir del día 1º de julio de 2019, en la suma de $3,44 (TRES PESOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS), y para el Nivel 0 (CERO) de la misma escala, en la suma de $3,25 (TRES PESOS CON VEINTICINCO CENTAVOS).

ARTÍCULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2019.

ARTÍCULO 3º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Ricardo del Valle ROMERO. VICEPRESIDENTE PRIMERO EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA.-

 

 

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 050-CESBA/19