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Res. Nº 86-CESBA/18. Otórgase a todo el personal de Planta Permanente y Planta Transitoria del CESBA una suma de carácter no remunerativo, por única vez.

 

 

 

                                                                                BUENOS AIRES, 27 NOV 2018

            VISTOS los acuerdos vigentes celebrados por la Comisión Paritaria Central de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para 2018, y las Resoluciones Nº 040-CESBA/2018, 060-CESBA/2018 y 078-CESBA/2018, y

CONSIDERANDO:

            Que por primero de los precitados actos administrativos, emitido en fecha 9 de marzo de 2018, se fijó la política salarial aplicable al personal que integra las Plantas de Personal del CESBA durante el año 2018;

            Que el criterio que surge de dicha resolución refleja fielmente lo acordado en el seno de la Comisión Paritaria citada en el VISTO;

            Que los acuerdos paritarios oportunamente suscriptos se celebraron tomando en consideración previsiones inflacionarias que, a lo largo del año, se vieron ampliamente superadas, afectando directamente el valor adquisitivo del salario;

Que dicha circunstancia ha motivado, de parte de los sindicatos estatales, la solicitud de reapertura de la respectiva paritaria, la que se produjo recién a partir del mes de septiembre de 2018;

            Que en virtud del marco legal regulatorio de su funcionamiento, el CESBA posee competencia para fijar su propia política salarial;

            Que en ejercicio de dicha potestad, y a fin de morigerar el deterioro salarial que se produce como consecuencia de la constante pérdida de su valor adquisitivo, mediante el segundo de los actos administrativos mencionados en el VISTO se adelantó un incremento remuneratorio del 5% (CINCO POR CIENTO) a todo el personal integrante de las Plantas de Personal del CESBA, excluido el Nivel  0 (CERO), con efecto a partir del día 1º de julio de 2018 y a cuenta de lo que en definitiva se acordara en la nueva paritaria a celebrarse a partir del mes de septiembre de 2018;

            Que por el tercero de los actos citados, y siempre con fundamento en las consideraciones recién expresadas, el CESBA reajustó nuevamente los haberes de su personal a fin de compensar la constante pérdida de su valor adquisitivo;

            Que recientemente, el Gobierno Nacional, a través del Decreto Nº 1048/18, dispuso el otorgamiento de una suma no remunerativa a ser abonada a los empleados en relación de dependencia del sector privado, fijando las modalidades de su liquidación;

            Que la antes mencionada facultad del CESBA para emitir las normas regulatorias del empleo, sumada al hecho de que las circunstancias que motivaron las mejoras salariales dispuestas durante el año no se han modificado hasta el presente, son elementos que abonan el criterio favorable a otorgar al personal del CESBA un beneficio similar al mencionado en el precedente Considerando;

            Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que emanan del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;

           

 

 

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Otórgase a todo el Personal de Planta Permanente y Planta Transitoria del CESBA una prestación dineraria de carácter no remunerativo que será liquidada por única vez durante el mes de diciembre de 2018, y cuyo monto asciende a la suma de $5.000 (CINCO MIL PESOS).

ARTÍCULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2018.

ARTÍCULO 3º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Matías TOMBOLINI. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 086-CESBA/18