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Res. Nº 97-CESBA/17. Contratación de un servicio de consultoría digital y asesoramiento en nuevas tecnologías; empresa GLOBAL MIND S.A.

 

 

 

                                                                               BUENOS AIRES, 30 MAY 2017

            VISTO el Expediente Nº 001-226-CESBA/2017, y

CONSIDERANDO:

            Que en el marco de modernización tecnológica que esta Presidencia ha venido desarrollando en el CESBA, se ha considerado necesario contar con un servicio de consultoría digital y asesoramiento en nuevas tecnologías, a fin de capacitar a los Recursos Humanos del organismo en el uso de las herramientas que se utilizan en la gestión;

            Que las nuevas tecnologías ofrecen una inmensidad de posibilidades, las cuales pueden facilitar y optimizar el trabajo institucional;

Que las organizaciones más modernas hacen especial hincapié en la capacitación en este rubro, y el CESBA procura insertarse en ese perfil de modernidad, procurando optimizar y potenciar su gestión;

            Que en ese orden de ideas, y aun considerando que las nuevas tecnologías se ofrecen en el mercado a través de innumerables variantes de prestación, uno de los principales desafíos consiste en detectar la existencia de asesores/capacitadores que se encuentren a la altura, tanto de la calidad y excelencia pretendidas por el CESBA, como del nivel de inversión que el Consejo ha realizado en la materia que nos ocupa;

            Que al respecto, esta Presidencia ha dado oportunamente la indicación de que se realice un exhaustivo relevamiento de las ofertas existentes en el mercado, a fin de evaluar cuáles de ellas de ajustan a las necesidades del CESBA;

            Que de la tarea realizada se desprende que más allá de la diversidad de prestadores que ofrecen su servicio, son escasos aquellos que satisfacen los estándares de calidad pretendidos;

            Que en consecuencia de lo expuesto, se agregaron a las constancias de este expediente las cotizaciones de 3 (TRES) empresas que, a juicio de esta Presidencia, son las que se encuentran a la altura de la calidad tecnológica del CESBA;

            Que ellas son Global Mind S.A., Nueva Internet S.A. (SG2) y Webar Internet Solutions S.A. (WebAr), en tanto que todas las demás que fueron relevadas merecieron ser descartadas por no ajustarse a los requerimientos del Consejo;

            Que por lo expuesto, se consideró que la contratista de estos servicios debería ser elegida de entre las recién mencionadas, máxime teniendo en cuenta que los valores cotizados tornan exigible el máximo nivel de los servicios a contratarse;

            Que en consecuencia de lo expuesto, se instruyó a la Secretaría Ejecutiva para que, por los canales administrativos que correspondan, se procediera a impulsar el trámite de contratación respectivo, estimándose razonable que las prestaciones dieran comienzo a partir del día 1º de junio de 2017 o en fecha posterior aproximada;

            Que habiéndose encauzado la contratación en los términos del artículo 28 de la Ley Nº 2095, según indicación de fs. 13, se labró un cuadro comparativo del cual surge que la oferta más conveniente a los intereses del CESBA es la que corresponde a la empresa GLOBAL MIND S.A.;

            Que habiendo sido consultada la Gerencia de Finanzas y Contabilidad, ésta manifestó contar con crédito presupuestario disponible para afrontar la respectiva erogación;

            Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades que surgen del artículo 25 inciso a) del Reglamento Interno;

            Por ello,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Dispónese la contratación de un servicio de consultoría digital y asesoramiento en nuevas tecnologías, cuyo contenido mínimo deberá incluir la capacitación del personal del CESBA que oportunamente se determine, a través de módulos mensuales, en materia de “Panorama de Internet en Argentina”, “Redes sociales”, “Compra programática”, “Web TV”, “SEO y SEM” y “Mobile”, conforme a la propuesta y presupuesto agregados a fs. 3/5 de las actuaciones administrativas citadas en el VISTO.

ARTÍCULO 2º: El servicio referido en el precedente artículo se contrata por el término de 6 (SEIS) meses contados a partir del día 1º de junio de 2017, por un monto total de $1.500.000 (UN MILLÓN QUINIENTOS MIL PESOS), los que serán abonados en 6 (SEIS) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $250.000 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS) cada una, por mes vencido.

ARTÍCULO 3º: Adjudícase la contratación dispuesta en el artículo 1º a la empresa GLOBAL MIND S.A. (CUIT Nº 30-70711701-6).

ARTÍCULO 4º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las Partidas correspondientes del Presupuesto Ejercicio 2017.

ARTÍCULO 5º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese. Fdo.: Federico SARAVIA. PRESIDENTE.-

 

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº 097-CESBA/17